La Inquisición
Antes de pasar a la introducción del Cristianismo en territorios de la Nueva Galicia y de la Nueva Vizcaya, puntualizando la acción de franciscanos y jesuitas, toquemos el tema de la Inquisición.
La Iglesia, como Sociedad organizada, tiene el derecho-deber de velar por la rectitud doctrinal y moral: que las enseñanzas de la Palabra de Dios sean auténticamente proclamadas y difundidas; es también derecho-deber, de velar por las costumbres prácticas. En cada territorio diocesano, los Obispos siempre hemos estado pendientes del ejercicio de estos derechos y deberes, y siempre ha habido en la Iglesia, comisiones doctrinales o teológicas, y, hasta tribunales inquisitoriales de carácter diocesano o supradiocesano.
Avanzado el primer milenio, las autoridades civiles, juzgaban toda clase de delitos, abarcando asuntos eclesiásticos, con penas temporales exageradas. Por lo que la Iglesia formó la Inquisición eclesiástica. Después los reyes de España Fernando e Isabel, el 27 de septiembre de 1480, con autorización del Papa Sixto IV, fundaron la Inquisición Española el 27 de septiembre de 1480, con el fin de fomentar y conservar la unidad religiosa de la Península, persiguiendo oficialmente a los que, profesando la Fe Católica, abierta ú ocultamente la abandonaban; la Inquisición no molestaba a los que, viviendo en los dominios hispanos, no pertenecían al Cuerpo de la Iglesia. El tormento no era característico o exclusivo del Santo Oficio, sino procedimiento usado en todos los tribunales de la época y en todos los países, donde se prestaba a excesos y arbitrariedades. Más aún, al introducir el Santo Oficio, la Iglesia introdujo una obra civilizadora de aquellos tiempos.
El Santo Oficio fungió de hecho en la Nueva España desde 1522, cuando los eclesiásticos venidos con Cortés procesaron a Marcos, indígena de Acolhuacan, por amancebamiento, ignorándose la pena infligida. De 1524 a 1532 fueron Comisarios Fray Martín de Valencia, Fray Tomás Ortiz, Fray Domingo de Betanzos y Fray Vicente de Santa María; período en que se tramitaron dos casos por blasfemia, uno por herejía, uno por idolatría, dos por delitos nefandos, y dos por judaizantes; tres personas fueron relajadas al brazo secular, por blasfemia. De 1532 a 1554 ejerció el cargo Fray Juan de Zumárraga, el día en que tomó posesión del Tribunal, hubo fiesta, música y procesión; en su período se tramitaros 131 procesos: 118 contra españoles y 13 contra indígenas. Un caso de resonancia fue el de D. Carlos Chichimecatecotl, indígena, cacique y hombre principal de Texcoco, juzgado por murmuración y desprecio de los religiosos, proselitismo invitando a abandonar las prácticas cristianas por vanas e inútiles y escándalo, en las casas de D. Carlos se encontraron pinturas de fiestas paganas, adoratorios idolátricos y figuras de ídolos de piedra: fue sentenciado y ejecutado. En 1544 se hizo cargo del Santo Oficio D. Fco. Tello de Sandoval. Pero, el Santo Oficio, fue establecido formal y solemnemente en la Nueva España hasta el 4 de noviembre de 1571.
En los comienzos de la Evangelización, a los misioneros interesaba mucho atajar la propagación de ritos y ceremonias paganas anteriores a la Conquista. La tarea de los misioneros, aunque intensa, difícilmente pudo arrancar en corto tiempo las creencias arraigadas por siglos en los indígenas y las prácticas extendidas bajo la dirección presionante de los sacerdotes paganos. Además, era muy difícil que los indígenas penetraran más allá de las formas externas de la nueva religión. Derribados los templos paganos, el culto por los dioses tutelares seguía ocupando un lugar preferente en el corazón de los recién bautizados. Los indígenas se ingeniaban para ocultar sus ídolos, escondiéndolos en lugares en donde pudieran adorarles sin peligro. Fray Juan de Zumárraga intervino, en no pocos procesos abiertos por esta causa.
Además, eran tiempos en que se miraban las cosas con otra óptica. Empezando, porque entonces aún no existían los documentos del Concilio Vaticano II, ni se hablaba de inculturación. Leamos unos renglones de la “Declaración sobre las relaciones de la Iglesia con las religiones no cristianas” del Concilio Vaticano II: “todos los pueblos forman una comunidad, tienen un mismo origen… y también tienen el mismo fin último, que es Dios, cuya Providencia, manifestación de bondad y designios de salvación se extienden a todos, hasta que se unan los elegidos en la ciudad santa que será iluminada por el resplandor de Dios y en la que los pueblos caminarán bajo su luz” (núm. 1). Y también, “Ya desde la antigüedad y hasta nuestros días se encuentra en los diversos pueblos, una cierta percepción de aquella fuerza misteriosa que se halla presente en la marcha de las cosas y en los acontecimientos de la vida humana, y a veces también el conocimiento de la suma Divinidad e incluso del Padre” (núm. 2).
Héctor González Martínez
Obispo Emérito de Durango
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