El Nuevo Régimen.
Hoy solamente hago referencia al Plenario Presbiteral celebrado de lunes a viernes y al Plenario de Religiosas celebrado del viernes en la tarde al día de hoy al mediodía. Plenarios centrados en el Documento de Aparecida aplicado a unos y a otras: ¡Felicidades! y que el beneficio se proyecte a la Arquidiócesis y a la Sociedad.
Habiendo interrumpido, la serie que traíamos sobre el proceso secularizador, luego de seis domingos continuamos hoy con este proceso. La última entrega fue sobre “El Antiguo Régimen” de los siglos XVII y XVIII, como una etapa en que los Estados que trataron de solucionar los efectos de las divisiones religiosas acarreadas por la Reforma protestante, reforzaron sus poderes políticos y el control social.
Al final del “Antiguo Régimen” se dieron varios movimientos libertarios o revolucionarios; son los distintos procesos de cambio sucedidos en Europa y en América entre 1770 y 1850, denominados recientemente “Revolución Atlántica”: la Revolución francesa, la emancipación de las Colonias en Estados Unidos, las guerras de independencia en los países latinoamericanos. Estos sucesos dan pie al surgimiento del “Nuevo Régimen”.
Asomándonos a el, inicialmente lo podemos describir por los hechos, como el derrumbe del sistema bien trabado de creencias, verdades absolutas y principios establecidos en el “Antiguo Régimen”. En el nuevo, domina un pluralismo que todo lo relativiza, los dogmas no caen bien; sólo se acepta lo que se demuestra por la razón humana; en todo lo demás domina el principio de tolerancia, la coexistencia de opiniones diversas u opuestas, actitudes consideradas benéficas.
A los principios absolutos del “Antiguo Régimen”, siguen ahora los principios de la soberanía popular, los derechos del hombre y el sistema constitucional. Lo constitucional o lo anticonstitucional son los criterios para determinar lo que es bueno o malo en el orden público, pues lo propiamente moral queda en el ámbito personal y privado.
La filosofía política del “Nuevo Régimen” que sucedió al absolutismo, se puede calificar de liberal, manifiesta en la soberanía popular, la separación de poderes, el constitucionalismo y el reconocimiento legal de los derechos del ciudadano, manteniendo una democracia en que sólo sufraga la clase elitista de los ciudadanos con capacidad de hacerlo y que goza de todos los derechos civiles y políticos, sin abrir paso a la democracia con sufragio universal.
Institucionalmente, impera la racionalización, esto es los privilegios y las costumbres inveteradas son reemplazados por un organismo racionalizado en que cada función pública tiene su función de ser; centralizando toda la administración en el Estado, las circunscripciones locales inferiores quedan dependientes del poder central.
Socialmente se experimenta una profunda transformación, al procurar llegar a una verdadera sociedad de hombres libres e iguales. Se eliminan los privilegios de nacimiento; frente al Estado, todos son sencillamente ciudadanos; hay igualdad legal y para las leyes no hay distingos ni acepción de personas.
Contrastantemente, hay desigualdad de funciones: los más capacitados por su profesión o poder económico gozaban de todo los derechos políticos. El liberalismo de este régimen fue pues, elitista, fue la burguesías acomodada la que se benefició del poder político. Ha habido cambios, más favorables para unos que para otros.
Durango, Dgo. 3 de febrero del 2008.
Héctor González Martínez
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