FELICITACIÓN

En Vísperas de la Semana Santa, el Congreso Legislativo del Estado aprobó una reforma al artículo primero de la Constitución del Estado de Durango, quedando de la siguiente manera:
“El Estado de Durango reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano, al sustentar expresamente que desde el primer momento de la fecundación entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural, salvo las excepciones que establezca la ley…”.
Aunque, como es explicable, no todos los Diputados votaron favorablemente, de corazón, felicito sincera y ampliamente, al Congreso del Estado y a cada uno de los Sres. Diputados. Particularmente felicito al Sr. Diputado Jorge Herrera Delgado, Presidente del Congreso. Les felicito, porque enseña la Revelación del Antiguo Testamento: “Yahvé me dirigió la palabra en estos términos: antes de haberte formado en el vientre, te conocía; y antes de que nacieras, te tenía consagrado; yo te constituí profeta de las naciones” (Is 1,5) Y el salmista medita: “mis huesos no se te ocultaban, cuando era yo hecho en lo secreto, tejido en las honduras de la tierra” (Sal 139,15). En esta Revelación reconocemos la obra de Dios desde la concepción hasta la edad adulta.
En consecuencia el Catecismo de la Iglesia Católica enseña: “la vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción. Desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales esté el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida” (2270). Desde el siglo I, los documentos eclesiásticos han declarado la malicia moral de todo aborto directamente provocado (Didajé 2,2; Carta a Bernabé 19,5; Carta a Diogneto 5,5; Tertuliano Apología 9).
“Dios, Señor de la vida, has confiado a los hombres la excelsa misión de conservar la vida, misión que deben cumplir de modo digno del hombre. Por consiguiente se ha de proteger la vida con el máximo cuidado desde la concepción; tanto el aborto como el infanticidio son crímenes abominables” (GS 51,3). “El derecho inalienable de todo individuo humano inocente a la vida constituye un elemento constitutivo de la sociedad civil y de su legislación” (Catic 2273). “Los derechos inalienables de la persona deben ser reconocidos y respetados por parte de la sociedad civil y de la autoridad política. Estos derechos del hombre no están subordinados ni a los individuos ni a los padres, y tampoco son una concesión de la sociedad o del Estado: pertenecen a la naturaleza humana y son inherentes a la persona en virtud del acto creador que le ha originado.
Entre estos derechos fundamentales es preciso recordar a este propósito el derecho de todo ser humano a la vida y a la integridad física desde la concepción hasta la muerte” (Donum Vitae). “Puesto que debe ser tratado como una persona desde la concepción, el embrión deberá ser defendido en su integridad, cuidado y atendido médicamente en la medida de lo posible, como todo otro ser humano” (2274) Por ello, “quien procura el aborto, si este se produce, por el mismo hecho incurre en excomunión” sin necesidad de que alguien se la declare. Con esta pena, la Iglesia quiere manifestar la gravedad del crimen cometido.
¡Bien por el Congreso del Estado: que todos aprendamos la cultura de la vida!
Durango Dgo. 18 de Abril de 2009 Héctor González Martínez
Arzobispo de Durango

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